La realidad de cárceles que sirven de oficinas y centros de operaciones de criminales debe ser cambiada de raíz. A ello apunta un proyecto de legislación que abordarán en el Congreso. El mismo, de concretarse, será un giro radical de la situación que ahora es fuente de crisis de seguridad.
Compra venta de drogas y bebidas alcohólicas, acceso a celulares y servicio de internet, mujeres “a la carta” y a toda hora, celdas vip. Las cárceles en Paraguay, al margen de la visión parcial mostrada por Netflix son, mostrando la otra cara de la moneda, verdaderos “hoteles” para criminales de alto perfil.
Es esta otra cara de las cárceles de Tacumbú, Ciudad del Este, Itapúa, Pedro Juan, San Pedro y Coronel Oviedo, la que ahora desde el legislativo buscan cambiarla de manera radical.
Criminales de alto riesgo con un tratamiento especial, de mediano y bajo con otra modalidad, es la síntesis del proyecto de ley que abordará el Parlamento para dar a este cambio un estatus de legalidad.
El proyecto, dice que: “establece la implementación del régimen cerrado especial de máxima seguridad para la privación de libertad de personas de alto riesgo”.
La idea apunta a un régimen especial de vigilancia y de la rutina que deberá seguir la persona privada de libertad clasificada de alto riesgo, conforme a los protocolos reglamentarios aprobados por el Ministerio de Justicia.
FORMACION DE CLANES
Otra lacra a extirpar, a la que propone el proyecto de legislación, es la tremenda facilidad con la que cuentan mafiosos recluidos, para organizar todo tipo de delitos y crímenes desde el interior de las cárceles.
El proyecto manifiesta que es con la normativa se apunta a, “reducir los riesgos de violencia intramuros, de reclutamiento de personas vulnerables por parte de organizaciones criminales, de realización o inducción a hechos punibles desde el propio establecimiento penitenciario, de corrupción del personal penitenciario y de fuga u obstrucción a la investigación penal”.
Las celdas de los catalogados de alto riesgo, agrega, deberán estar debidamente acondicionadas, sujetas a estándares internacionales, para el efecto. Se deja de lado con esto, cualquier posibilidad de que un criminal se convierta en lo que se fue desde hace décadas: un “señor feudal” que dicta normas internas y, técnicamente, se adueñan de una parte o todo el reclusorio.
NADA DE PRIVILEGIOS
En el capítulo de las prohibiciones, remarca el plan legislativo, las personas privadas de libertad clasificadas de alto riesgo tendrán restricciones para su movimiento ambulatorio.
“Deberán permanecer en sus celdas por un periodo de veintidós horas y tendrán derecho a salir de sus celdas por un periodo máximo de dos horas en las estancias especiales dispuestas para este fin”, acota. Se deberá evitar todo tipo de contacto entre privados de libertad, los servidores penitenciarios destinados a las labores de seguridad en el régimen cerrado especial tienen terminantemente prohibido mantener conversaciones o cualquier tipo de contacto más allá de las tareas exclusivamente de seguridad.
NADA DE CONTACTOS
En el ítem que habla de las visitas, el proyecto menciona que: “Las personas privadas de libertad clasificadas de alto riesgo sólo tendrán derecho a visitas de no contacto, debidamente monitoreadas por los agentes de seguridad penitenciaria. No está permitido la visita conyugal o íntima. Las visitas sociales deberán ser previamente solicitadas y autorizadas por la autoridad administrativa competente”.
De aprobarse esta legislación, se estará determinado una revolución en materia carcelaria. Lo que se observan en películas y documentales sobre cárceles de alta seguridad, serán prácticamente clonadas en nuestro país.