🚨#Atención COBRAR ENTRADA A UN ARROYO ES DELITO: PUEDE GENERAR DENUNCIA, IMPUTACIÓN Y PROCESO PENAL
🔹️En Paraguay, ninguna persona, estancia, asociación o propiedad privada puede cobrar entrada para ingresar a un arroyo, río o salto natural.
🔹️La Ley Nº 3239/2007 “De los Recursos Hídricos” es clara y categórica:
Las aguas superficiales pertenecen al dominio público del Estado.
▪️Esto significa que:
✅ El acceso debe ser libre
❌ No se puede privatizar un cauce hídrico
❌ No se puede bloquear el paso
❌ Mucho menos lucrar cobrando entrada
🔹️Sin embargo, pese a la legislación vigente, continúan los cobros ilegales en lugares como Salto Cantera (Colonia Independencia), Tapasy Ykua de Borja y otros puntos turísticos del Guairá y el país.
📌 LO QUE DICE LA LEY (en términos simples)
🔴 Los arroyos, ríos y saltos son bienes de uso público.
🔴 Ningún propietario puede apropiarse del agua solo porque su terreno rodea el cauce.
🔴 Cobrar por el acceso es una infracción y puede constituir hecho punible.
Las personas que exijan dinero se exponen a:
Denuncia ante el MADES o la Fiscalía
Proceso por lesión al dominio público
Multas ambientales
Posible imputación penal según las circunstancias
📢 ¿QUÉ HACER SI TE QUIEREN COBRAR?
➡️ Grabá audio o video del intento de cobro
➡️ Pedí boleta legal (no van a tener)
➡️ Sacá fotos del portón o caseta de cobro
➡️ Denunciá en:
MADES
Fiscalía de la zona
Policía Nacional
Con esas evidencias, las autoridades pueden intervenir de inmediato.
🔊 QUE SE ESCUCHE CLARO
🟦 Los arroyos no tienen dueño.
🟦 Los saltos no tienen dueño.
🟦 Los ríos tampoco.
El único dueño es el pueblo paraguayo, y quien viole ese derecho debe rendir cuentas ante la ley.
📸 #Gentileza
